Reclamación Cláusula suelo en Jaén
29 de Mayo de 2017



Cláusula suelo o suelo hipotecario, en relación con el préstamo hipotecario y la compra de vivienda,  mediante hipoteca a interés variable, es la denominación de una cláusula contractual,  que establece un límite mínimo al interés que se aplicará en la cuota aunque el tipo de interes baje. Es una cláusula que beneficia a la entidad bancaria y perjudica al particular que ha solicitado el préstamo ya que cuando los tipos bajan o el interés negativo la cláusula impide que se traslade a la cuota mensual. Dependiendo de la normativa del país, las condiciones del contrato y su transparencia y claridad, puede considerarse una cláusula negativa, ilegal o nula, por tanto puede considerarse un fraude bancario

En España, las clausulas suelos son ilegales . Se declaró su nulidad y carácter abusivo por sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 si bien limitaba la devolución de las cantidades ilegalmente cobradas por los bancos desde la fecha de la sentencia.

Sin embargo, el Tribunal de justicia  de la Unión Europea, dictaminó, en  sentencia inapelable de 21 de Diciembre  de 2016,  en contra de la limitación de la retroactividad de la nulidad de la cláusulas suelos por lo que los bancos y cajas de ahorro están obligados a devolver todo el dinero cobrado ilegalmente por las cláusulas suelo desde la  firma de la hipoteca inmobiliaria para la adquisición de vivienda.

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