Divorcio a la vista, ¿qué pasa con la casa y con la hipoteca?
19 de Mayo de 2016

En 2015, más de 120.000 parejas disolvieron su matrimonio, se separaron o se divorciaron, según datos del INE. A esta cantidad habría que sumar la cifra indeterminada -no hay estadísticas que recojan el dato- de aquellas parejas que, sin estar casadas, decidieron poner fin a su relación. Muchas de estas frustradas parejas, en un pasado en el que se imponía el amor, decidieron comprar casa juntos. 

Una casa que cuando llega el doloroso momento de la separación se convierte en un auténtico quebradero de cabeza. ¿Qué pasa con la vivienda que fue adquirida con tanta ilusión por ambas partes?, y más importante aún, ¿qué pasa con la hipoteca? Ante estas situaciones, son varias las opciones sobre la mesa. 

En primer lugar, y en un contexto como el actual de recuperación del mercado inmobiliario, una de las opciones puede ser poner a la venta la vivienda y con el importe obtenido de la transacción cancelar la hipoteca y dividir las ganancias. Si compramos en el pico de la burbuja y el dinero obtenido no es suficiente para cancelar la deuda con el banco, será necesario repartirse las pérdidas. En este caso, también es posible intentar la dación en pago con la entidad financiera. No obstante, y aunque estos procedimientos han ido en aumento en los últimos años, es posible que el banco no acceda a ello. 

Por otro lado, es probable que una de las partes desee quedarse con la propiedad de la vivienda. En este caso, la fórmula más adecuada es la extinción del condominio. Una forma de transmisión que, desde el punto de vista fiscal, resulta mucho más barata que vender nuestra parte de la casa a la pareja que quiere quedarse con ella. Esta operación tributa por Actos Jurídicos Documentados (AJD), aplicando entre un 0,5% y un 1% (según la Comunidad Autónoma) sobre el valor real de los bienes adjudicados, más gastos notariales, en lugar del 6%-7% que se paga si se instrumenta como una compra-venta. 








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